Pymes Industriales 2023: ¿Qué empresas pueden subvencionar el 35% de sus inversiones productivas?
El 16 de enero se abrió la Convocatoria de “Pymes Industriales 2023” con el objetivo de mejorar la competitividad y la sostenibilidad de las Pymes Industriales de la Comunidad Valenciana.
Mediante este Programa, empresas de 16 sectores productivos podrán subvencionar el 35% de sus inversiones ligadas a la producción de 2022 o previstas para este ejercicio. Estas ayudas podrán solicitarse hasta el 3 de marzo de 2023.
¿Puedo solicitar esta ayuda si la sede de mi empresa no está en la Comunidad Valenciana?
Se considera que una empresa desarrolla o va a desarrollar en la Comunidad Valenciana una actividad industrial productiva si el proyecto se va a ejecutar en un establecimiento productivo situado en la Comunidad, con independencia de dónde se encuentre el domicilio social de la empresa.
Sectores Convocados en el Programa de Pymes Industriales 2023
- Automoción, Espacial y Aeronáutica
- Biotecnología
- Producción Audiovisual
- Producción de Videojuegos, Animación, Realidad Aumentada y Virtual
- Cuero y Calzado
- Cerámica, Vidrio y Materiales de Construcción No Metálicos
- Fabricación de Envases y Embalajes
- Juguete
- Fabricación de Madera, Muebles y Aparatos de Iluminación
- Mármol-Piedra Natural y Áridos
- Metal-Mecánico
- Industria del Papel y Artes Gráficas
- Plástico
- Industria Química
- Textil
- Valorización de Materiales
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido del 35% de los costes subvencionables, sin superar los minimis.
• Presupuesto mínimo subvencionable 20.000€ salvo para los sectores de la producción de videojuegos y la biotecnología, que será 10.000€.
• Fecha inicio del proyecto: a partir del 1 de enero de 2022.
• Fecha finalización máxima del proyecto y plazo máximo para la justificación: 2 de noviembre de 2023.
Costes Subvencionables
Serán subvencionables, entre otros, los siguientes costes:
a) Adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, a condición de que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.
b) Adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial.
c) Gastos de la auditoría para el informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, por empresa auditora externa registrada en el ROAC, hasta máximo de 600 €, sin IVA; excepto si la empresa está obligada a auditar sus cuentas anuales.
d) Costes de ingeniería industrial por colaboraciones externas que sean intrínsecamente necesarios para alguna de las actuaciones subvencionables.
Nuestra Área de Innovación y Financiación Pública obtuvo un 95% de éxito en la última convocatoria, con el 100% de los presupuestos aprobados; por eso sabemos que podemos ayudarte a recuperar el máximo porcentaje de tus inversiones productivas.
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