PIDI-CV - I+D PYME (IVACE)
- Resolución: 20 de diciembre de 2023.
- Publicación en el DOGV: 28 de diciembre de 2023.
Objeto
Desarrollo de proyectos de I+D realizados por PYMEs.
Beneficiarios
PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos 3 personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.
Para pymes que acrediten el carácter de empresa innovadora, no se establece un mínimo
de personal propio.
Actuaciones Apoyables
Los proyectos deberán encuadrarse en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
- Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
- Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
El proyecto deberá significar un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa solicitante ni tampoco por ninguna empresa vinculada o contratada para la realización del proyecto.
Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL entre 1 a 7, ambos incluidos:
- TRL 1: Principios básicos observados y reportados
- TRL 2: Concepto y/o aplicación tecnológica formulada
- TRL 3: Función crítica analítica y experimental y/o prueba de concepto característica
- TRL 4: Validación de componente y/o disposición de los mismos en entorno de laboratorio
- TRL 5: Validación de componente y/o disposición de los mismos en un entorno relevante
- TRL 6: Modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante
- TRL 7: Demostración de sistema o prototipo en un entorno real
- TRL 8: Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones
- TRL 9: Sistema probado con éxito en entorno real
El proyecto deberá estar encuadrado en alguno de los entornos de especialización en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3CV):
- Hacia una economía circular y baja en carbono
- Economía digital disruptiva
- Comunitat Valenciana innovadora por su origen y destino
- Innovación para las personas
Costes Subvencionables
Servicios externos:
- Contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
- Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados exclusivamente a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada
Adquisición de patentes y licencias:
- Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.
Personal propio:
- Gastos del personal investigador, personal técnico y personal auxiliar empleado en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo de dedicación al proyecto I+D.
- Coste horario subvencionable 50 €/hora máximo.
Materiales:
- Costes de materias primas y aprovisionamientos de consumibles de la actividad de I+D
Gastos de amortización de instrumental y equipamiento:
- Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para el desarrollo del proyecto. Excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico.
No serán subvencionables:
- Bienes y servicios adquiridos o prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria.
- Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.
Cuantía de las subvenciones
Subvención a fondo perdido sobre los costes subvencionables:
- Pequeña empresa: hasta el 45%
- Mediana empresa: hasta el 35%
El presupuesto subvencionable deberá ser mayor de 30.000€ y menor de 175.000€.
- El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre la fecha de solicitud y el 30 de junio de 2025.
- Cuando el proyecto incluya el coste de contratación de servicios externos para I+D+i cuyo importe para un mismo proveedor, en el total de conceptos del proyecto, supere la cantidad de 15.000 € (IVA excluido) se deberán aportar junto a la solicitud, 3 ofertas.
- Cuando el importe sea igual o supere 15.000€ (IVA excluido) para el resto de conceptos, deberá aportar en la justificación 3 ofertas de diferentes proveedores.
- Fecha límite de justificación: hasta el 2 de octubre de 2025.
- No se aceptarán gastos en forma de: renting, leasing, etc.
- NO sujeta a minimis
Obligaciones a cumplir para que puedan conceder la ayuda
Obligaciones a cumplir para que puedan conceder la ayuda:
- La empresa debe estar al corriente tanto con el organismo local como con el estatal de pagos (cualquier tipo de pago) a agencia tributaria y seguridad social.
- La empresa debe estar dada de alta y disponer de licencia de actividad y de cualquier otro tipo de licencia que por su actividad sea de obligatorio complimiento, tanto de forma local como estatal
- Se deberá declarar en la solicitud el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones Para subvenciones de importe superior a 30.000€, en caso de que la empresa no pueda presentar en el Registro Mercantil cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, se deberá acreditar el cumplimiento de los referidos plazos de pago de manera fehaciente (certificación emitida por auditor inscrito en el ROAC).
(Aportar a Altair Licencia de Actividad)
Plazo de Presentación de Solicitudes
Desde el 9 de enero de 2024 hasta el 22 de febrero 2024 a las 23:59:59 horas.
Contáctanos para más información.