¿Deducción Fiscal con o sin IMV?

LLas deducciones fiscales por actividades de I+D+i se han consolidado como un instrumento clave para impulsar la innovación empresarial, permitiendo mejorar la rentabilidad de los proyectos tecnológicos y científicos.

Sin embargo, para beneficiarse de ellas con plena seguridad jurídica, es fundamental conocer bien el marco normativo y los mecanismos disponibles.

En este contexto, los Informes Motivados Vinculantes (IMV) juegan un papel esencial, ya que permiten acreditar de forma oficial la naturaleza innovadora de los proyectos y blindar su tratamiento fiscal.

En este artículo te contamos que es un informe motivado vinculante, por qué es tan importante para las deducciones fiscales, qué novedades trae en 2025 y en qué casos deberías solicitarlo.

El Informe Motivado Vinculante es un documento emitido por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades que certifica de forma oficial y con carácter vinculante que un proyecto o actividad concreta puede ser calificada como I+D o Innovación Tecnológica (IT) de acuerdo con la normativa vigente.

A diferencia de una simple autoevaluación técnica, el IMV proporciona una protección jurídica frente a futuras inspecciones fiscales gracias a su carácter vinculante. Estas son sus principales ventajas:

  1. Seguridad ante la Agencia Tributaria: El IMV vincula a la Agencia Tributaria, lo que impide que cuestione si una actividad es o no I+D+i si ya ha sido validada mediante este informe. Esto protege a la empresa en caso de inspección.
  2. Bonificaciones en la Seguridad Social: Permite a las empresas beneficiarse de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social por el personal investigador, siempre que cumplan los requisitos.
  3. Imprescindible para el Cheque Fiscal: El IMV es obligatorio para acceder al llamado Cheque Fiscal, que permite monetizar las deducciones no aplicadas, especialmente útil para pymes o empresas en pérdidas. En estos casos, el informe se convierte en una vía directa de liquidez.
Informe Motivado Vinculante

Con el nuevo Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2025-2028, se han introducido mejoras significativas en los procedimientos de evaluación y en los plazos de emisión del Informe Motivado Vinculante. Entre ellas destacan:

  • Mayor digitalización de los trámites: la plataforma SGI (Sistema de Gestión de la Innovación) permite una tramitación más ágil y transparente.
  • Nuevos criterios de evaluación para actividades IT, con mayor claridad en los umbrales de novedad tecnológica.
  • Coordinación con la Agencia Tributaria para automatizar parte del proceso de verificación de deducciones mediante cruces de datos.

Estas medidas buscan reforzar la seguridad jurídica y facilitar el acceso de más empresas al uso efectivo de estos instrumentos.

Aunque no es obligatorio solicitar un IMV para aplicar deducciones fiscales por I+D+i (salvo en el caso del cheque fiscal), sí es altamente recomendable en los siguientes escenarios:

  • Empresas que aplican deducciones significativas (más del 10-15% de su cuota).
  • Proyectos que presentan alto grado de complejidad técnica o innovación tecnológica.
  • Empresas que prevén una posible revisión o inspección fiscal.
  • Pymes con resultados económicos variables o negativos, interesadas en monetizar la deducción a través del cheque fiscal.

En un contexto donde la innovación es un pilar fundamental de la competitividad empresarial, aprovechar las deducciones fiscales por I+D+i con todas las garantías es importante para cualquier empresa que invierta en tecnología. El Informe Motivado Vinculante se consolida como el mejor aval técnico y jurídico disponible, y una herramienta imprescindible para transformar la innovación en rentabilidad sostenible.

Si tienes dudas en cuanto a las deducciones por I+D +i en tu empresa, en Altair te ayudamos y acompañamos en el proceso para la obtención del IMV, y en la solicitud de subvenciones para impulsar tus proyectos.